Canon 915
El Canon 915 del Código de Derecho Canónico de la iglesia Católica dice:
No deben ser admitidos
a la sagrada comunión los excomulgados y los
que están en entredicho después de la imposición
o declaración de la pena, y los que obstinadamente
persistan en un manifiesto pecado grave.
El Padre James Buckley, FSSP, que ejerce como consejero a American Life League, a clarificado el porque American Life League le esta pidiendo a los obispos de la iglesia que apliquen el Canon 915:
Antes del Concilio del Vaticano II los curas eran mas conscientes de que la obligación de prevenir que los pecadores públicos recibieran la sagrada comunión era suya. Hoy
los curas dudan. Además, el Canon 915 claramente prohíbe que los pecadores públicos sean admitidos a la sagrada comunión. Cuando los curas aplican esta ley canónica, no están castigando a los políticos u otros personajes públicos; lo que están haciendo es proteger a la sagrada comunión del sacrilegio.
Documentos Acreditativos:
Carta Encíclica Ecclesia de Eucaristía del sumo pontífice Juan Pablo II
La Eucaristía y la Penitencia son dos sacramentos estrechamente vinculados entre sí. La Eucaristía, al hacer presente el Sacrificio redentor de la Cruz, perpetuándolo sacramentalmente, significa que de ella se deriva una exigencia continua de conversión, de respuesta personal a la exhortación que san Pablo dirigía a los cristianos de Corinto: “En nombre de Cristo os suplicamos: ¡reconciliaos con Dios!” (2 Co 5, 20). Así pues, si el cristiano tiene conciencia de un pecado grave está obligado a seguir el itinerario penitencial, mediante el sacramento de la Reconciliación para acercarse a la plena participación en el Sacrificio eucarístico.
El juicio sobre el estado de gracia, obviamente, corresponde solamente al interesado, tratándose de una valoración de conciencia. No obstante, en los casos de un comportamiento externo grave, abierta y establemente contrario a la norma moral, la Iglesia, en su cuidado pastoral por el buen orden comunitario y por respeto al Sacramento, no puede mostrarse indiferente. A esta situación de manifiesta indisposición moral se refiere la norma del Código de Derecho Canónico que no permite la admisión a la comunión eucarística a los que “obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave.” (Can.915; cf. Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, can. 712 .)
El documento entero esta disponible en:
Carta de Julio del año 2002 a la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos:
La Iglesia enseña que “los ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a quienes los pidan de modo oportuno, estén bien dispuestos y no les sea prohibido por el derecho recibirlos. (Canon 843.1)Por eso no se debe rechazar a ningún Católico que se presente a recibir la sagrada comunión durante la misa, excepto en casos en los que exista el peligro de crear un escándalo hacia otros creyentes por medio de algún pecador que obstinadamente persiste de manera publica en un manifiesto pecado grave, herejía, o cisma.
(El documento entero esta disponible en Ingles en: www.ewtn.com/expert/answers/cdw2002.htm)
Declaración del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos
Toda interpretación del can. 915 que se oponga a su contenido sustancial, declarado ininterrumpidamente por el Magisterio
y la disciplina de la Iglesia a lo largo de los siglos, es claramente errónea. No se puede confundir el respeto de las palabras de la ley (cfr. can. 17) con el uso impropio de las mismas palabras como instrumento para relativizar o desvirtuar los preceptos.
La fórmula “y los que obstinadamente
persistan en un manifiesto pecado grave” es clara, y se debe entender de modo
que no se deforme su sentido haciendo
la norma inaplicable. Las tres condiciones que deben darse son:
(a) el pecado grave, entendido objetivamente, porque el ministro de la Comunión no podría juzgar de la imputabilidad subjetiva;
(b) la obstinada perseverancia, que significa la existencia de una situación objetiva de pecado que dura en el tiempo y a la cual la voluntad del fiel no pone fin, sin que se necesiten otros requisitos (actitud desafiante, advertencia previa, etc.)
para que se verifique la situación en
su fundamental gravedad eclesial;
(c) el carácter manifiesto de la situación de pecado grave habitual.
(El documento entero esta disponible en:
www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/
intrptxt/documents/rc_pc_intrptxt_doc_20000706_declaration_sp.html)
Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, III:p 80: articulo 6
Solución. Hay que decir: “Al hablar de pecadores hay que distinguir. Algunos,
en efecto, son ocultos, mientras que otros son manifiestos, o por la evidencia de los hechos, como son los usureros públicos y los rateros públicos, o por sentencia de un tribunal eclesiástico o civil. Pues bien, a los pecadores públicos no se les debe dar la sagrada comunión aunque la pidan.”
Respuesta a las objeciones: 1. “Esta prohibido echar lo santo a los perros, o sea,
a los pecadores públicos ...”
(El documento entero esta disponible en: www.dominicos.org/biblioteca/suma/suma5.htm)
El Padre Buckley comenta sobre lo escrito por Santo Tomás que: “Sabemos que algunos políticos Católicos obstinadamente persisten en el manifiesto pecado grave de cooperar con el aborto cuando hay suficientes pruebas y hechos. El mero hecho de sus acciones es suficiente, y por eso
no hace falta ninguna denuncia por parte
de un tribunal eclesiástico. Estos son los pecadores infames que no deben recibirla sagrada comunion.”
American Life League
Campaña por la Defensa de Nuestra Iglesia Católica
American Life League fue fundada en 1979. Es la organización pedagógica pro-vida mas grande de los Estados Unidos. ALL se dedica a la protección de todos los humanos inocentes desde el momento de fertilización hasta la muerte.
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